Sanciones
Riesgo por incumplimiento:
Ley de infracciones y sanciones en el orden social (LISOS), art. 27.5
Sanción principal:
- Incumplimiento de la obligación de reserva o de la aplicación de las medidas alternativas. Se considera infracción grave, con multa de hasta 3000 €.
- Incremento hasta el doble del grado máximo si se aprecia reincidencia.
Ley 31/1995, art. 54, disposición adicional 3ª; Ley 13/1995, art. 20, y Ley 8/1988 (entre otros):
- Art. 20 d) prohibición de contratar con la Administración.
- Pérdida o exclusión durante un período máximo de un año en determinadas ayudas.
- Disposición adicional VII LCAP, preferencia en la adjudicación a las empresas cumplidoras (dependiendo del tanto por ciento de personas con discapacidad contratadas).

Hotel d’entitats La Pau
C/Pere Vergés, 1, Pl. 11, Desp. 14
08020 Barcelona
fecetc@fecetc.org
Federació de Centres Especials de Treball de Catalunya © 2018