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FECETC (FEderació de CEntres de Treball de Catalunya)


Trabajar es un derecho para todos

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Legislación

La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), junto con la llamada cuota de reserva del 2 % en las empresas de 50 o más trabajadores y otras medidas, y dentro de la fórmula de trabajo protegido, reguló la figura de los centros especiales de trabajo con la finalidad principal de facilitar la obtención de trabajo remunerado a aquellos minusválidos que, provisionalmente o definitivamente, no pudieran encontrar un trabajo en las empresas normales. Con posterioridad a la entrada en vigor de la ley se dictaron el Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, que aprobó el reglamento de los centros, y el Real Decreto 1368/1985, que reguló la relación especial de los trabajadores minusválidos de los centros especiales de trabajo.

Del art. 42 de la Ley 13/1982 y de las normas de desarrollo y complementarias se desprenden, como rasgos característicos de estos centros, los siguientes:

  • a) económicamente, estos "centros" son empresas, en tanto que su intervención se produce en el mercado de bienes y servicios.
  • b) tienen como finalidad asegurar un trabajo remunerado para los minusválidos que trabajen en ellos.
  • c) tienen como finalidad añadida la posible prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores minusválidos.
  • d) son empresas con una forma jurídica variada, ya que su titular podría ser cualquier otra persona física o jurídica, pública o privada, e incluso una comunidad de bienes con la única exigencia de tener capacidad jurídica y obrar para ser empresario: sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, etc.
  • e) al menos el 70 % de su plantilla debe estar formada por minusválidos.
  • f) estos centros están además concebidos como medio de integración de minusválidos al régimen de trabajo normal, es decir, deberían servir para impulsar la integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas normalizadas.

Las últimas novedades legislativas, el Real Decreto 27/2000 de medidas alternativas, la Ley 51/2003 de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad de las personas con discapacidad y el Real Decreto 290/2004, por el cual se regulan los enclaves laborales, son una apuesta de futuro a favor de la inserción laboral de las personas con discapacidad y de los Centros Especiales de Trabajo.

RD 1451/1983, de 11 de mayo, que regula el trabajo selectivo y las medidas de fomento del trabajo de trabajadores minusválidos

RD 2273/1985, de 4 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Trabajo

RD 1368/1985, de 17 de julio, que regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los Centros Especiales de Trabajo

Orden de 16 de octubre de 1998, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de trabajo y trabajo autónomo

RD 4/1999, de 8 de enero, por el cual se regula la ocupación selectiva y las medidas de fomento de la ocupación de los trabajadores con discapacidad

RD 427/1999, de 12 de marzo, por el cual se modifica el RD 1368/1985, de 17 de julio, que regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajan en los centros especiales de trabajo

RD 170/2004, de 30 de enero, por el cual se modifica el RD 1451/1983, de 11 de mayo, que, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, regula el trabajo selectivo y las medidas de fomento del trabajo de los trabajadores con discapacidad


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